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Caso Axel: teléfonos de los policías no podrán analizarse por el momento por una oposición de la defensa

La abogada patrocinante pide que se revea el lugar de realización. Que estaba pautado para mañana jueves en Formosa capital.

La investigación judicial en torno a la desaparición del joven Axel González tiene como novedad una solicitud de la abogada que patrocina a los policías nombrados en el expediente. A menos de veinticuatro horas de la fecha establecida de manera formal para el inicio de las pericias informáticas sobre los dispositivos electrónicos secuestrados, (convocada para este jueves 11 a las 14 en Formosa capital) la Defensora Oficial Número 10, Yamila Vanesa Baldovino, interpuso un recurso urgente ante la Fiscalía de Investigación Penal Número 14. El escrito solicita de manera perentoria que se deje sin efecto la modalidad del procedimiento técnico que la Gendarmería Nacional tiene previsto ejecutar en su sede del Escuadrón 15 “Bajo Paraguay” en la provincia de Formosa.

La llamativa inmediatez de la presentación, radicada de manera extrema en la antesala de la audiencia técnica, abre un inevitable interrogante en la opinión pública y en el seno de la querella sobre si no se está ante una deliberada medida dilatoria en procura de postergar un avance pericial que podría resultar clave para apuntalar y consolidar las responsabilidades penales de las fuerzas policiales provinciales en la desaparición del joven.

La urgencia institucional de realizar estos peritajes bajo la estricta órbita de una fuerza federal en extraña jurisdicción encuentra su fundamento en las graves irregularidades ventiladas durante las primeras semanas de búsqueda. En declaraciones exclusivas brindadas ante los micrófonos del medio periodístico Alerta Urbana, la novia del joven desaparecido denunció de manera pública que personal perteneciente al Departamento de Cibercrimen de la Policía del Chaco manipuló de forma directa su dispositivo móvil particular, procediendo al borrado completo de mensajes de texto esenciales.

Esas comunicaciones eliminadas correspondían precisamente a las últimas interacciones que González mantuvo durante la madrugada del pasado 17 de mayo, momento exacto en el que se registró su último avistamiento con vida.

Esta grave sospecha de encubrimiento y alteración de elementos probatorios por parte de las estructuras de seguridad locales no solo motivó el apartamiento preventivo de la fuerza provincial de los peritajes tecnológicos, sino que forzó el traslado inmediato de los efectivos imputados —Roberto Omar Barrios, Gerardo Antonello Méndez, Claudio Miguel Tropez y Néstor Adrián Soto— hacia dependencias de seguridad de carácter nacional. La medida de resguardo se fundamentó en el entendimiento de que, ante la inminente confirmación de las hipótesis de participación policial en el hecho, la integridad física de los detenidos correría un riesgo severo en los centros de detención comunes de la provincia del Chaco.

DISTANCIA

Por su parte, el planteo formal articulado por la abogada defensora Baldovino rechaza de plano que su presentación busque obstaculizar los plazos procesales, argumentando que la distancia de cientos de kilómetros entre Resistencia y Formosa impone una imposibilidad material absoluta para que la defensa técnica ejerza un control real de la cadena de custodia y la transparencia del procedimiento pericial. Entre sus principales fundamentos, la defensa sostiene que la igualdad de armas se encuentra gravemente afectada por la superposición de las obligaciones funcionales del régimen de turno judicial en Chaco, lo que impide el traslado de los peritos de parte y de los abogados a otra jurisdicción.

Asimismo, la letrada aduce que no existen motivos técnicos ni operativos expresados por la fiscalía que justifiquen que los equipos tecnológicos y el personal de Gendarmería Nacional no puedan constituirse físicamente en la capital chaqueña para procesar las evidencias digitales. En consecuencia, el pedido defensivo exige que la medida probatoria sea readecuada para desarrollarse en Resistencia, dejando asentada una reserva formal de nulidad constitucional y convencional en caso de mantenerse la realización del examen informático en la provincia vecina sin la debida fiscalización técnica de los representantes de los agentes imputados.

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