La Fiscalía de Investigaciones Administrativas del Chaco resolvió archivar la investigación iniciada contra Pablo Alegre, ex subsecretario de Ambiente de la Municipalidad de Resistencia durante la gestión de Gustavo Martínez, por un supuesto conflicto de intereses por su intervención en el proyecto Paseo Francia. La decisión representa un revés para el intendente Roy Nikisch, quien había promovido personalmente la denuncia.
Mediante la Resolución Nº 3100/26, firmada por el fiscal general Gustavo Leguizamón, el organismo dio por concluidas las actuaciones del Expediente Nº 4277/24, caratulado en el marco de la Ley Nº 1341 de Ética Pública y Transparencia en la Función Pública.
En el documento, la FIA fue categórica: no se encontraron pruebas suficientes que acrediten la existencia de un vínculo previo que configure conflicto de intereses mientras Alegre se desempeñaba en el cargo.
Según pudo saber LITIGIO, la denuncia del jefe comunal impulsada en 2024 sostenía que el ex funcionario habría incurrido en incompatibilidades al intervenir en el expediente del proyecto “Emprendimiento Paseo Francia”, en la zona de Laguna Francia — Villa Altabe. De acuerdo a esa presentación, el estudio de impacto ambiental había sido elaborado por la ingeniera química Silvana Piatti, presunta socia de Alegre en una consultora denominada Urdimbre. Sin embargo, la investigación determinó que dicha firma no existía durante el período en que Alegre ejercía funciones.
En su descargo, Alegre afirmó que su intervención respondió a una situación de responsabilidad funcional ante la acefalía de la Dirección General de Gestión Ambiental. Además, indicó que el estudio cuestionado no llegó a ser analizado durante su gestión y que el proyecto fue finalmente aprobado por la Subsecretaría de Ambiente de la Provincia en julio de 2025, cuando ya no formaba parte del gobierno municipal.
La Fiscalía analizó distintos aspectos del caso, entre ellos la posible asunción de funciones sin habilitación formal, el presunto conflicto de intereses vinculado a la consultora mencionada y la existencia de un vínculo societario entre Alegre y Piatti. También se evaluó la normativa aplicable, incluida la Ley 1341-A y la Carta Orgánica Municipal.
Respecto de la cuestión formal, el organismo consideró que la actuación de Alegre podría encuadrarse en una avocación de competencias por parte del superior jerárquico, lo que permitiría su eventual regularización administrativa. No obstante, descartó la existencia de conflicto de intereses por falta de pruebas.
La resolución dispuso concluir las actuaciones, notificar tanto al intendente como al ex funcionario y archivar el expediente.
REVISTA LITIGIO

































