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Politica

La Corte admite la causa de la oposición formoseña contra la reelección de Insfrán

El máximo tribunal obligó a la provincia de Formosa a eliminar la reelección indefinida y ahora objetan una cláusula que lo habilita a un nuevo mandato.

Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti admitieron este jueves la competencia originaria de la Corte Suprema ante la demanda del Frente Amplio Formoseño contra la cláusula transitoria cuarta de la Constitución provincial, que permitiría que Gildo Insfrán compita en elecciones por un mandato más.

 

La demandante es la legisladora radical Agostina Villaggi, que responde al ex senador nacional Luis Naidenoff, y reclama la inconstitucionalidad de esa disposición, escrita en la anteúltima página de la Carta Magna local tras la reforma constitucional del año pasado.

 

Según Villaggi, la cláusula transitoria cuestionada sería contraria a los artículos 1°, 5°, 37° y 123° de la Constitución Nacional. Ese fragmento establece que el mandato del gobernador y el vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse la reforma deberá considerarse como “primer período”.

 

De esta manera, Insfrán y su compañero de fórmula, Eber Solís, tendrían la chance de postularse nuevamente en 2027, algo que resisten precisamente los demandantes del Frente Amplio Formoseño. El litigio es seguido con atención tanto por la Casa Rosada como por los gobernadores Osvaldo Jaldo, Raúl Jalil y Gustavo Sáenz, tal como informó LPO.

 

La Corte declaró la inconstitucionalidad de la reelección indefinida en Formosa

 

El gobierno nacional sigue de cerca el debate jurídico alrededor de las reelecciones de los dialoguistas para saber cómo negociar el calendario electoral, las listas y hasta la reforma política. Sin embargo, el pleito entre los radicales formoseños e Insfrán es distinto: el titular del Congreso del PJ está en las antípodas de Javier Milei.

 

De hecho, fuentes judiciales dijeron a LPO que el preludio de este fallo de la Corte fue animado por el senador Francisco Paoltróni, un acérrimo opositor a Insfrán. “Se va a venir un fallo contra el gobierno de Formosa”, repetía como un mantra el legislador.

 

Francisco Paoltroni.

 

En rigor, el pronunciamiento del máximo tribunal es solo la asunción de la competencia en el caso, o sea, el reconocimiento de que debe tramitarse el caso en Talcahuano. Para eso, corrió vista a la provincia, que tendrá 60 días para contestar.

 

Los supremos ya habían declarado, en diciembre de 2024, la inconstitucionalidad del viejo artículo 152 de la constitución formoseña anterior, que contemplaba la “reelección ilimitada”. En 2025, Insfrán convocó a elecciones de convencionales constituyentes y se sancionó una nueva carta magna para quitar ese concepto.

 

La oposición salió a celebrar la decisión de la Corte como si se tratara de una derrota para Formosa pero, jurídicamente, el alcance de la resolución es mucho más concreto: el máximo tribunal decidió tramitar la demanda y escuchar los argumentos de la Provincia.

 

Ahora, el artículo 156 fija que “el gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos, o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período”.

Pero el Frente Amplio Formoseño se queja todavía por la cuarta cláusula transitoria, que habilitaría a Insfrán a su 9° mandato consecutivo al considerar el gobierno en curso como el primer período desde la reforma. “Esto le sirve a la oposición para hacer campaña diciendo que en Buenos Aires están tomando una causa contra Gildo y le sirve a Gildo para decir que la oposición patalea en Buenos Aires”, explicó un camarista.

Desde el entorno del gobernador formoseño dijeron a LPO que “la Corte abrió un debate pero no anuló nada”. “La oposición salió a celebrar la decisión de la Corte como si se tratara de una derrota para Formosa pero, jurídicamente, el alcance de la resolución es mucho más concreto: el máximo tribunal decidió tramitar la demanda y escuchar los argumentos de la Provincia”, argumentaron, y agregaron: “Formosa reformó su Constitución, dejó atrás el régimen de reelección indefinida que había sido cuestionado en 2024”.

 

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