A cuatro años del fallecimiento bajo custodia policial en Charata, su madre, Nora Nieto, cuestiona con dureza el juicio que absolvió a los cuatro policías imputados. La querella y el Comité contra la Tortura aguardan que el Superior Tribunal revise la sentencia. “Tenemos la esperanza de que hagan un trabajo serio y responsable”, sostuvo Nieto.
Este jueves se cumplen cuatro años de la muerte de Leandro “Leo” Bravo, el joven de 37 años que falleció bajo custodia policial en Charata en 2022. Estaba a una materia de recibirse de abogado. Su detención, atravesada por hechos de violencia, terminó con un desenlace fatal mientras se encontraba bajo responsabilidad del Estado.
A cuatro años, el dolor sigue intacto en su madre, Nora Nieto, quien cuestionó con dureza el desarrollo y el resultado del juicio que culminó, en noviembre de 2024, con la absolución de los cuatro policías imputados por tortura seguida de muerte.
“Estoy tan decepcionada con lo que fue el juicio, que en realidad nunca se trató de una muerte en custodia sino del ‘suicidio de Leo’ y de la familia como supuesta partícipe, porque en todas las audiencias nos atacaron como familia y a Leo por su consumo de sustancias”, expresó en declaraciones a LITIGIO.
Para Nora, el debate oral no puso en el centro la responsabilidad estatal por una muerte bajo custodia, sino que derivó —según sostiene— en un proceso donde se revictimizó tanto a su hijo como a su entorno más cercano. “Nos atacaron en todas las audiencias”, insistió, al recordar cómo aspectos de la vida privada de Leandro fueron expuestos durante el juicio.
Tras la sentencia absolutoria dictada por la Cámara en lo Criminal de Charata, la querella de la familia y el Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco interpusieron recursos de casación. El propio tribunal concedió esos planteos y el expediente fue elevado al Superior Tribunal de Justicia del Chaco, donde ahora se espera una definición.
“Ahora esperamos que casación resuelva, pero como todos sabemos que la política se mete en todos los poderes del Estado se torna difícil; no obstante, tenemos la esperanza de que hagan un trabajo serio y responsable”, afirmó Nora, con una mezcla de desconfianza y expectativa. La Sala Penal del máximo tribunal provincial deberá revisar la sentencia y determinar si confirma la absolución o si ordena una nueva evaluación del caso.
“Sesgo negativo”
Al recordar un nuevo aniversario del fallecimiento de Bravo, el Comité contra la Tortura remarcó que la sentencia firmada por los jueces Juan Carlos Clauter, Andrea Sánchez y Lorena Cimbaro Canella presentó “un sesgo negativo hacia la víctima y convalida, sin un análisis integral, la versión policial, fragmentando la prueba y asignando relevancia indebida a aspectos de la vida privada de Leandro”.
“Reafirmamos que las condiciones de vulnerabilidad —como los consumos problemáticos o los padecimientos de salud mental— jamás pueden funcionar como atenuantes de la violencia estatal. Por el contrario, imponen mayores deberes de cuidado y protección”, indicaron desde el Comité, a través de un comunicado.
“También advertimos que no puede naturalizarse que personas en situación de vulnerabilidad encuentren como respuesta estatal la violencia letal en lugar del acceso inmediato a la salud. El Estado tenía la obligación de garantizar la integridad y la vida de Leandro desde el primer momento de su aprehensión”, añadieron.
Durante los alegatos de clausura, las querellas habían solicitado que todos los imputados fueran condenados a prisión perpetua por el delito de tortura seguida de muerte, mientras que la fiscal Silvana Rinaldis pidió la absolución. Las defensas, por su parte, también requirieron la absolución de los acusados.
Hostigamiento y muerte
Leandro Bravo tenía dos hijos, trabajaba en el Poder Judicial y le faltaban pocas materias para recibirse de abogado. Su historia de hostigamiento policial comenzó en 2017, cuando tres policías lo detuvieron en medio de una discusión que mantenía con un vecino, en Charata. Lo redujeron entre tres y lo golpearon brutalmente. Le rompieron el maxilar superior, le fracturaron varias costillas y le provocaron un neumotórax. Desde entonces —según denunció su entorno— continuaron los episodios de hostigamiento.
La tarde del sábado 26 de febrero de 2022 fue la última de Leandro. Según la primera versión policial, se descompensó mientras era examinado en el área de medicina legal y falleció antes de llegar al Hospital de Charata por un supuesto “paro cardiorrespiratorio no traumático”, de acuerdo a la autopsia preliminar informada por el entonces fiscal de la causa, Hugo Baigorrí.
De acuerdo al relato policial, alrededor de las 16.30 una mujer llamó al 911 denunciando que Leandro intentaba ingresar de forma ilegal a su vivienda. Al llegar los agentes, escapó, pero fue alcanzado y detenido a los pocos metros.
Sin embargo, esa versión fue luego desmentida por la prueba incorporada al expediente. En base a los registros fílmicos de cámaras de vigilancia y a los testimonios recabados, se pudo reconstruir que lo ocurrido esa tarde fue lo siguiente: Leandro salió con su primo en moto a comprar cerveza. En un momento, la policía comenzó a perseguirlo. Se bajó en la casa de una vecina para pedir ayuda porque tenía miedo. “Bety, ayúdame”, fue el pedido que escuchó la mujer, que en ese momento descansaba. Cuando salió, lo vio media cuadra más adelante siendo reducido por policías.
Según esa reconstrucción, lo pisaron y lo golpearon en el piso. Luego lo arrojaron boca abajo en la caja de una camioneta y dos agentes se le subieron encima. Fue trasladado a Sanidad Policial, donde la enfermera se negó a atenderlo y ordenó que lo llevaran de inmediato al hospital. Cuando llegó, ya estaba muerto.
La causa evidenció irregularidades desde el comienzo. A Beatriz Scaloni, la vecina, se le hizo firmar un escrito policial en el que denunciaba a Leandro por un intento de robo. En ese momento la mujer no entendía qué ocurría hasta que advirtió la maniobra, pidió que se anulara esa acusación y ratificó que el joven no estaba cometiendo ningún delito.
La primera autopsia —que sostenía la hipótesis del paro cardiorrespiratorio no traumático— también fue cuestionada. El Comité contra la Tortura denunció por “incumplimiento de deberes de funcionario público, en concurso ideal con encubrimiento agravado por su calidad de funcionario público” al médico forense Hugo Rodríguez, por inconsistencias entre el procedimiento informado y el efectivamente realizado.
Ante esos cuestionamientos se ordenó una reautopsia, realizada por la perito Virginia Creimer y la directora del Instituto de Medicina Forense del Poder Judicial del Chaco, Gabriela Lamparelli. Aplicando el Protocolo de Minnesota —estándar internacional para investigar muertes potencialmente ilícitas— concluyeron que Leandro presentaba múltiples lesiones y que falleció por una “asfixia por comprensión extrínseca del cuello”.
En su requerimiento de elevación a juicio, la fiscal adjunta de Derechos Humanos, Silvia Slusar, sostuvo que los policías imputados actuaron con la intención de provocarle a Leandro un “grave daño ya sea por medio de las lesiones físicas proferidas, las quemaduras efectuadas, las maniobras asfixiantes y los diversos golpes comprobados en distintas partes del cuerpo de la víctima, y además la atemorización infringida, que le provocó sufrimiento, pánico y dolor en toda su expresión”.
LITIGIO

































