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La Justicia del Chaco ordenó al PAMI proveer un implante coclear para una afiliada

La Justicia de Chaco ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) proveer de manera urgente un implante coclear a una afiliada de 69 años que padece hipoacusia severa bilateral, consecuencia de un accidente cerebrovascular. Fue al hacer lugar a una medida cautelar por considerar que la demora en el tratamiento podría agravar irreversiblemente la salud y calidad de vida de la paciente.

Según pudo saber LITIGIO, el 30 de julio pasado, la jueza Civil y Comercial Nº 4 de Resistencia, María Eugenia Barranco Cortés, habilitó la feria judicial e hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la afiliada al PAMI, luego de que la obra social demorara en dar respuesta al pedido.

El caso 

La beneficiaria, cuyo nombre se preserva por razones de privacidad, fue diagnosticada con pérdida auditiva severa y súbita, lo que le impide participar en conversaciones y la ha llevado a un progresivo aislamiento social. Según los estudios médicos presentados, el uso de audífonos convencionales no resulta efectivo, por lo que un especialista en otorrinolaringología, referente provincial del Programa Nacional de Hipoacusia, prescribió el implante coclear como tratamiento indispensable.

La jueza fundamentó su decisión en la verosimilitud del derecho invocado por la paciente, respaldado por su afiliación a PAMI, el Certificado Único de Discapacidad (CUD) y la prescripción médica. Además, destacó que la obra social tiene la obligación legal de cubrir el 100% del tratamiento, según las leyes nacionales 23.660, 23.661 y 25.415, así como el Plan Médico Obligatorio (PMO).

El fallo también hizo hincapié en el “peligro en la demora”, señalando que cada día sin el implante podría deteriorar irreversiblemente la capacidad de la paciente para rehabilitarse y adaptarse al dispositivo. Asimismo, se subrayó el impacto emocional y cognitivo que la falta de tratamiento genera, afectando su dignidad y derechos fundamentales.

PAMI fue conminado a suministrar el implante coclear —marca Nucleus Profile Plus con procesador Nucleus 8—, junto con la cobertura total de la cirugía, internación, rehabilitación y accesorios, en un plazo máximo de dos días. La medida incluyó la habilitación de días y horas inhábiles para su cumplimiento, dada la urgencia del caso.

La jueza aclaró que esta resolución no prejuzga el fondo de la causa principal, pero busca garantizar los derechos constitucionales a la salud y a una vida digna mientras avanza el proceso judicial. Finalmente, instó a la actora a agilizar el trámite principal para una resolución definitiva.

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