Procesaron a la intendenta Pascua y la embargaron por $45.600.000
Dictaron el procesamiento sin prisión preventiva a la intendenta de Enrique Urién, Liliana del Carmen Pascua, como autora responsable del delito de Malversación de caudales públicos (art 261 del CP) en concurso real (art 55 CP) con Enriquecimiento Ilícito (art 268 2º punto) y defraudación contra la administración pública (art 174) y trabar embargo hasta cubrir la suma de $45.600.000.

Para el conjuez federal de Sáenz Peña, MIguel Aranda, está “suficientemente acreditado” que Liliana del Carmen Pascua cometió el delito de fraude en perjuicio de la administración pública por la relación de poder que detenta como intendente municipal de Enrique Urien y a quien, se le otorgó a través del programa de viviendas destinado a Pueblos Originarios, no sólo para su beneficio personal sino también para “familiares directos y personas afines políticamente de la misma situación que no encuadra en los requisitos establecidos por el Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento de hábitat de pueblos originarios y rurales”, siendo ellos son José Víctor Vargas y Sixto Ireneo Sosa, Mónica Martínez, Orlando Diego Ibarra y Sandra Silvana Núñez, Adela Palmira Pascua, Damián Albino Prieto, Juana Sergia Luquez y Felipe Agustín Barbosa, Adelita Elena Szulak y Hugo Marcelino Ramírez, Jacinto Medina y Elba Magallanes.
Reconocimiento al trabajo de investigación de Infoqom
Una de las razones por la que el gobernador Jorge Capitanich ordenó quitar la Pauta Publicitaria a este medio es la investigación de esta flagrante causa. La persecución se dio a través del Subsecretario de Relaciones con los Medios, Darío Kohli, quien primero planteó una cuestión de “incompatibilidad” de quien facturaba para Infoqom. Como fue descartada, procedió a dejarnos sin el contrato para este año 2021, ni siquiera fuimos notificados ni respondió a dos consultas sobre si continuaría o levantaría la Publicidad Oficial.
Sacamos a la luz este hecho. Nos quitaron la pauta. Pero continuamos haciendo periodismo, libres e independientes.
Nadie tiene el derecho de prohibir o limitar la libertad de expresión. (Artículos 6º y 7º constitucionales; y artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos). El gobierno de cada país está obligado a respetar la libertad de expresión y no interferir con este derecho
